Exequatur de sentencia de divorcio en España
Descubre cómo podemos ayudarte a reconocer sentencias judiciales extranjeras de divorcio en España de manera eficaz y segura.
En Exequatur somos expertos en tramitar exequátur en España, brindando un servicio integral y eficiente. Nuestro despacho de abogados trabaja en colaboración con las autoridades nacionales para garantizar que el proceso sea lo más rápido y eficaz posible. Si necesitas reconocer una sentencia judicial extranjera en España, estás en el lugar correcto. Continúa leyendo para obtener más información sobre cómo podemos ayudarte.
Requisitos y procedimientos legales
Con el fin de validar una sentencia de divorcio extranjera en territorio español, se requiere que la persona interesada solicite el exequátur ante el Juez de Primera Instancia en España, según lo establecido en la Orden Circular 3.265 desde el 15 de enero de 2004. Para ello, será necesaria la asistencia de abogado colegiado en el territorio nacional y procurador de los Tribunales.
Para llevar a cabo este procedimiento, se deben cumplir una serie de requisitos y pasos:
Legalización y Apostilla de la Haya: La sentencia final de divorcio extranjera debe ser debidamente legalizada con la Apostilla de la Haya. Pregúntanos como conseguir la Apostilla de la Haya en cada país.
Traducción al Castellano: La sentencia legalizada con la Apostilla de la Haya debe ir acompañada de su traducción al castellano realizada por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España. Pregúntanos como conseguir una traducción jurada.
Certificaciones Literales del Matrimonio: Se requiere la presentación de las certificaciones literales de la inscripción del matrimonio ante el Registro Civil español correspondiente, en el caso de que el matrimonio se haya celebrado en España. Este documento será utilizado por el abogado y procurador que representen al interesado en España para obtener el exequátur.
Poder General para Pleitos: Existe la opción de obtener un poder general para pleitos, pudiendo ser otorgado ante la Oficina Consular o bien ante notario en España. Pregúntanos cómo podemos representarte como apoderados.
Documentación Adicional: A los efectos de realizar correctamente el encargo,
El exequátur es esencial para llevar a cabo la inscripción marginal de una sentencia de nulidad, separación o divorcio extranjera en el acta de matrimonio de un Registro Civil español.
Procedimiento para Obtener el Exequátur: El artículo 107 del Código Civil establece que las sentencias de nulidad, separación y divorcio dictadas por tribunales extranjeros producirán efectos en España una vez reconocidas conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil. La modificación del artículo 955 de la L.E.C. especifica que el reconocimiento de las sentencias extranjeras solicitado después del 15 de enero de 2004 se realizará ante el Juez de Primera Instancia correspondiente, incluso si la fecha de la sentencia extranjera es anterior a esa fecha.
Requisitos para la Inscripción en España: El artículo 83 del R.C.C. establece que no podrá practicarse inscripción en virtud de sentencia extranjera que no tenga fuerza en España sin obtener previamente el exequátur.
Obtención del Exequátur en España: Cuando un ciudadano español que ha obtenido una sentencia de nulidad, separación o divorcio ante un tribunal extranjero se encuentre en España y desee realizar la correspondiente inscripción marginal en el acta de su matrimonio, deberá solicitar el exequátur ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o lugar de residencia correspondiente. El interesado deberá estar representado por un procurador y asistido por un abogado.
Obtención del Exequátur desde el Extranjero: En caso de que el ciudadano español resida en el extranjero, el proceso para obtener el exequátur implica:
Otorgamiento de poder general para pleitos ante el Cónsul de España en funciones notariales // notario del país de residencia a favor del procurador.
Nombramiento del abogado que lo asesorará ante el Juzgado. Contacta con nosotros.
Comunicación al Registro Civil español donde conste el asiento de matrimonio una vez obtenido el exequátur para realizar la inscripción marginal correspondiente a la sentencia de nulidad, separación o divorcio.